¿Qué es la cláusula suelo y como puedo reclamarla?

Todos sabemos que los intereses que pagamos al banco por nuestra hipoteca varían constantemente, tanto hacia arriba (al alza) como hacia abajo (a la baja). Ello se debe a que nuestras hipotecas suelen estar vinculadas a unos índices que van variando, el más conocido por todos es el EURIBOR y depende de la situación económica en Europa.

Teniendo esto claro, la cláusula suelo se creó por los bancos para limitar esa variación a la baja en los intereses que se pagan por los consumidores, de tal modo que aunque el Euribor siguiera bajando con esa cláusula se ponía un límite y el interés de las hipotecas no bajaba, aunque si subía, si que se beneficiaban de las subidas.

Es decir, el banco al colar esta cláusula en las escrituras se aseguraba que aunque lo intereses bajaran ellos seguían cobrando lo mismo. Evidentemente esta cláusula no te la explicaban debidamente por lo que además de no ser proporcionada ni equitativa no cumplía con los requisitos de claridad que deben tener todos los contratos con consumidores (por eso es importante que el contrato esté firmado por un consumidor, y no por una empresa).

La abusividad de la cláusula suelo y sus consecuencias se han recogido en dos sentencias clave como son la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 que declaraba abusiva y nula la cláusula suelo, aunque en aquel momento el Tribunal Supremo no tuvo suficientes agallas y limitó la devolución del dinero desde que se firmó el contrato hasta la fecha de esa sentencia, el 9 de mayo de 2013. Posteriormente la misma fue corregida por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 que vino a modificarla, en el sentido de que consideró que una vez declarada abusiva la cláusula suelo, la entidad bancaria estaría obligada a devolver al cliente todo lo cobrado de más por la aplicación de la cláusula desde que se firmó el contrato de préstamo hipotecario.

Sabiendo que la cláusula suelo es abusiva nos queda por averiguar cómo podemos reclamarla. Pues bien, como el Gobierno le hace la cama a los Bancos, es preciso en primer lugar acudir a la vía extrajudicial a través de la redacción de una reclamación que se presentará ante el banco y en la que solicitaremos la declaración de nulidad y la devolución de las cantidades que hemos pagado de más indebidamente. Lo habitual es que el banco ni se digne a contestar o conteste que la cláusula no es abusiva, obligándonos de esta forma a acudir a la vía judicial.

Transcurridos tres meses desde la presentación de la carta, el banco debería habernos resuelto el problema y devuelto las cantidades cobradas de más junto con sus intereses, aunque la práctica nos indica que esto solo sucede en un 5 % de los casos.

Por tanto nos vemos abocados a contratar a un abogado y un procurador para acudir a la vía judicial, que se iniciará a través de una demanda presentada ante el Juzgado especializado correspondiente en la que solicitaremos que se declare la nulidad de la cláusula suelo y se restituyan las cantidades que nos correspondan, así como sus intereses legales.

Lo de la creación de los Juzgados especializados merece mención aparte ya que el Consejo General del Poder Judicial tuvo la brillante idea de dar competencia solamente a determinados juzgados para este tipo de reclamaciones, causando que a día de hoy tengamos señalados juicios para dentro de un año.

Por último, destacamos que el 98% de las demandas que los clientes presentan ante nuestros tribunales acaban prosperando, por el motivo tan simple de que un consumidor que hipoteca su vivienda para poder adquirirla tiene una posición más vulnerable con respecto al banco.


Reclamación de gastos de la hipoteca